
La Blockchain Association solicitó a cinco agencias estadounidenses que aclararan que los requisitos de identificación de clientes bajo la Ley GENIUS se aplican a las relaciones directas con los emisores, no a las transacciones independientes de stablecoins entre pares.
El grupo de la industria presentó sus comentarios antes de la fecha límite del 21 de agosto y resumió su postura el 24 de agosto. Apoyó el enfoque principal de la propuesta, pero solicitó definiciones más claras, menos trabajo de cumplimiento duplicado y flexibilidad explícita para las herramientas de identidad digital.
FinCEN, la Oficina del Contralor de la Moneda, la Reserva Federal, la Corporación Federal de Seguro de Depósitos y la Administración Nacional de Cooperativas de Crédito propusieron conjuntamente el programa de identificación de clientes en junio.
La norma propuesta exigiría que un emisor de stablecoins de pago permitido establezca un programa de identificación de clientes escrito y basado en el riesgo. El programa formaría parte de los controles más amplios del emisor contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
Un emisor generalmente recopilaría el nombre, la dirección, la fecha de nacimiento o constitución y el número de identificación de un cliente antes de abrir una cuenta. Luego utilizaría métodos documentales o no documentales para formarse una creencia razonable de que conoce la identidad del cliente.
Los registros que contengan la información de identificación generalmente permanecerían archivados durante cinco años después del cierre de la cuenta. Los registros de verificación permanecerían disponibles durante cinco años después de su creación.
Como se informó anteriormente, los reguladores estadounidenses propusieron requisitos de identificación al estilo bancario para los emisores de stablecoins. La propuesta sigue la decisión de la Ley GENIUS de tratar a los emisores permitidos como instituciones financieras bajo la Ley de Secreto Bancario.
Blockchain Association estuvo de acuerdo en que el programa debería aplicarse cuando un emisor mantiene una relación directa con el cliente. Ejemplos incluyen la emisión, redención, conversión, recompra o custodia de una stablecoin de pago.
La organización dijo que la norma no debería alcanzar las transacciones entre usuarios cuando el emisor no las intermedia, facilita o aprueba.
“No deberían extenderse a las transacciones de stablecoins entre pares en etapas posteriores”, argumentó la Asociación, aunque las agencias no han finalizado ese límite.
La propuesta de las agencias sigue en gran medida esa postura. Dice que el simple hecho de poseer o controlar la stablecoin de un emisor no establece una cuenta. Una transferencia que involucra a un emisor solo a través de su contrato inteligente también quedaría generalmente fuera de la definición propuesta.
La propuesta denomina a estas interacciones actividad del mercado secundario. Ejemplos incluyen transferencias desde billeteras autoalojadas, compras a intermediarios, operaciones de intercambio y pagos directos a proveedores.
Las agencias estimaron que aproximadamente el 99% de la actividad de transacciones de stablecoins ocurre en mercados secundarios. Reconocieron que los emisores tienen una capacidad limitada para obtener identidades de personas que usan tokens sin interactuar directamente con ellas.
Blockchain Association también pidió a los reguladores que preservaran la flexibilidad en la forma en que los emisores recopilan y verifican la información. Apoyó específicamente las herramientas de identidad digital y la tecnología de verificación interoperable.
La propuesta ya permite la verificación documental y no documental. Pregunta si el texto final debería abordar explícitamente las identidades digitales o las credenciales verificables y busca comentarios sobre sus beneficios y riesgos.
El grupo también solicitó protección contra obligaciones de cumplimiento duplicadas. Los emisores de stablecoins interactúan frecuentemente con bancos, exchanges y otras instituciones reguladas que ya realizan verificaciones de clientes.
Según la norma propuesta, un emisor podría depender de cierto trabajo realizado por otra institución financiera regulada federalmente. Esa dependencia debe ser razonable, regida por un contrato y respaldada por una certificación anual. El emisor seguiría siendo responsable del cumplimiento.
Blockchain Association desea que la norma final aclare cómo funciona este arreglo entre afiliadas, intermediarios y entidades reguladas por el estado.
El período de comentarios públicos cerró el 21 de agosto. Los reguladores ahora revisarán las presentaciones y podrán modificar las definiciones de "cuenta", "cliente" y "proveedor de servicios de activos digitales" antes de emitir una norma final.
La propuesta otorga a los emisores 12 meses después de la publicación de la norma final para cumplir. No se ha anunciado una fecha de publicación final.
Se espera que el marco más amplio de la Ley GENIUS comience a restringir la emisión no autorizada de stablecoins de pago en EE. UU. el 18 de enero de 2027. En cobertura relacionada, los reguladores incumplieron el plazo original de la ley para la elaboración de normas, acortando el período de preparación disponible antes de que comience el marco de licencias.
La norma final de identificación de clientes aún debe operar junto con propuestas separadas que cubren licencias, reservas, programas antilavado de dinero, cumplimiento de sanciones y órdenes legales. El tratamiento de las redenciones directas, las credenciales digitales y la dependencia de terceros determinará cuánto trabajo adicional enfrentarán los emisores.